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Boletín Político N° 1. Las y los invitamos a leer nuestros Boletines Políticos, en los cuales expresaremos nuestras opiniones sobre diferentes temáticas que nos influyen, afectan e interpelan como mujeres trabajadoras sexuales.


En junio de 2014, el municipio de Encarnación al sur del país implementó la ordenanza 240/2014 “ Por la cual se regulan los trabajos y actividades en espacios públicos de la ciudad de Encarnación” y en su artículo 4 expresa que “será sancionable la promoción, favorecimiento o prestación de servicios de naturaleza sexual en espacios públicos, siempre y cuando altere la tranquilidad y/o seguridad de los ciudadanos, ya sea por la perturbación que imposibilite o dificulte el tránsito de peatones y/o vehículos o por la producción de molestias incompatibles con el descanso del ciudadano”. En su artículo 5- Inciso C plantea que se calificarán de gravísimas las conductas descriptas en el artículo anterior, cuando la perturbación afecte gravemente la seguridad ciudadana o al ejercicio de derechos legítimos de otras personas, pudiendo ser sancionadas con multas equivalentes de once a veinte jornales mínimos para actividades diversas no especificadas. Estos artículos criminalizan a las personas que decidimos libremente ejercer el trabajo sexual, exponiéndonos a la violación de nuestros derechos humanos.
Como organización sostenemos que la ordenanza es Inconstitucional y Discriminatoria, ya que viola el artículo 9 de la Constitución Nacional de la libertad y Seguridad de las personas :“ Nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena ni privado lo que ella no prohíbe” puesto que el trabajo sexual es una actividad lícita que no constituye delito.
Es importante destacar que esta ordenanza municipal contiene muchos prejuicios en contra del Trabajo Sexual y no tiene en cuenta la realidad de las personas trabajadoras del sexo. No se puede seguir asociando el Trabajo Sexual —ejercido pr una persona adulta y de libre voluntad— al delito.
La Constitución Nacional garantiza la igualdad de derechos para todos y todas los habitantes del Paraguay, por lo tanto consideramos que las trabajadoras tenemos los mismos derechos que el resto de los ciudadanos y ciudadanas.
Junto con otras organizaciones buscamos la DEROGACION de la ORDENANZA 240/2014, ya que CRIMINALIZA el TRABAJO SEXUAL. Asimismo, desde UNES promovemos la sanción de una ley que reconozca el trabajo sexual en el Paraguay, esto implicará trabajar con los legisladores de ambas cámaras y sectores de la sociedad civil, resaltando la importancia de reconocer jurídicamente el trabajo sexual, para que el Estado garantice el usufructo de los derechos a quienes ejercemos la labor.

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