En Colombia, la regulación del trabajo sexual va por buen camino

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El 27 de noviembre se aprobó en primer debate el proyecto de ley por el cual se reglamenta el ejercicio del trabajo sexual a nivel nacional. Con esta decisión se logra avanzar en el reconocimiento de los derechos de las trabajadoras sexuales colombianas, como sujetos de especial protección constitucional.


Una gran noticia nos llega desde Colombia: se ha dado el primer paso hacia la regulación del trabajo sexual a partir de la aprobación del Proyecto de Ley en la Comisión Séptima Constitucional de Senado con las modificaciones propuestas en la Ponencia Positiva suscrita por las senadoras Astrid Sánchez Montes de Oca, Teresita García y Gloria Inés Ramírez.

La Ponencia reconoce la necesidad de garantizar los derechos laborales y de seguridad social para las personas que ejercen el trabajo sexual, estableciendo responsabilidades para el Estado y los dueños y/o administradores establecimientos comerciales respecto de las personas que prestan los servicios sexuales, en términos de seguridad social y riesgos laborales. En uno de los artículos, el proyecto establece que “las personas que ejercen la prostitución, disfrutaran de las prerrogativas especiales, que deben respetar las autoridades públicas, privadas y los particulares, de recibir un trato diferencial por parte de la administración de acuerdo con su condición de vulnerabilidad, así mismo de recibir orientación, a que se les garantice el goce efectivo y pleno de sus derechos constitucionales”. Esto significa que las trabajadoras sexuales no podrán ser violentadas ni agredidas verbal o físicamente, por parte de sus empleadores, clientes, usuarios y otros trabajadores de los establecimientos comerciales. la coordinadora nacional de ASMUBULI, Fidelia Suarez, agregó sobre este punto: «como Mujeres Trabajadoras Sexuales, nos vemos expuestas a una Clandestinidad que se traduce en los constantes abusos y actos de Violencia que se cometen contra nosotras».

En lo que respecta a los clientes y/o usuarios de servicios sexuales, la Ponencia incorpora deberes, lo mismo que para las autoridades, con consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento, encaminadas a eliminar los malos tratos, la marginación y otras formas de violencia hacia esta población.

Por otro lado, la Ponencia del proyecto de ley fortalece la materialización del derecho a la salud pública y la protección contra la violencia física y psicológica y establece medidas para hacer efectivos los derechos sexuales y reproductivos, al tiempo que promueve acciones preventivas de protección de la salud física y mental mediante la coordinación entre las autoridades sanitarias y las organizaciones no gubernamentales. Sobre esto, Fidelia Suarez agregó: «El maltrato del personal de Salud que muchas veces nos atiende de forma discriminatoria, la Violencia Institucional que no solo NO nos protege si no que nos estigmatiza como focos Infecciosos de ITS (lo cual se traduce en exámenes compulsivos de VIH y en prohibiciones para trabajar si somos cero positivas)».

A partir de lo dispuesto en este proyecto de ley, las personas dedicadas al trabajo sexual tienen el deber de responsabilizarse de su autocuidado en salud, realizándose controles médicos periódicos de infecciones de transmisión sexual, en las EPS o las entidades de salud que hagan sus veces. También tienen que asistir al servicio de salud para las actividades de promoción y prevención de enfermedades físicas y mentales, organizadas por las autoridades nacionales y organizaciones no gubernamentales interesadas en el tema. Para ello, las autoridades deberán garantizar una atención adecuada e idónea con perspectiva de género y respeto por la intimidad. Igualmente, ordena al Ministerio de Salud reglamentar las condiciones mínimas de higiene, salubridad y saneamiento de los establecimientos donde se ejerce esta actividad y se prestan servicios conexos.

En tercer lugar, la Ponencia incluye un capítulo nuevo sobre educación con estrategias de inclusión que permitan que las personas objeto de la ley puedan finalizar los ciclos de educación básica, media y secundaria. Así mismo, busca que, en su calidad de sujetos de especial protección constitucional, tengan facilidades de acceso a la educación superior, como una forma de desestimular el ejercicio de la prostitución y abrir otras oportunidades. Se propone que el Ministerio de Educación implemente y fortalezca efectivamente los programas pedagógicos de formación en derechos humanos, derechos sexuales y reproductivos, explotación sexual y cualquier forma de violencia de género. Además, la Ponencia contempla la elaboración y realización de campañas publicitarias por parte del Ministerio de las TIC para emprender acciones preventivas en contra de la explotación sexual y la violencia de género.

Finalmente, se incorporan un nuevo capítulo orientado a la formulación de una Política Pública de atención y apoyo integral a las personas que ejercen el trabajo sexual para garantizar el reconocimiento efectivo de sus derechos resaltando que es deber de todas las entidades públicas hacer frente a esta problemática, con un conocimiento integral de las condiciones de trabajo de las trabajadoras sexuales.

Tal como afirmó Fidelia Suarez, coordinadora nacional de la organización nacional de trabajadoras sexuales ASMUBULI, «este será un día histórico para nuestras vidas, ya que se está buscando la protección de nuestros derechos fundamentales, como personas que ejercemos trabajo sexual. Seguiremos en la lucha porque este proyecto es para nuestro beneficio, seguimos siendo parte de nuestro país, además queremos ser reconocidas como mujeres emprendedoras y luchadoras en la vida, somos el pilar de nuestros hogares, somos seres humanos. El trabajo sexual lo ejerzo con consentimiento propio, como mayor de edad, es mi trabajo, en mi cuerpo decido y en mi cuerpo mando yo”.

«Siendo nuestro país Colombia un Estado Social de Derechos, existen vacíos normativos, los cuales han sido llenados por la Corte onstitucional, básicamente en la Sentencia C- 629 del 24 de Septiembre del año 2010, donde reconoce a la Actividad Económica Sexual como Derecho Laboral. Que queremos como sujetos de Derechos, que nos Dignifique como Colombianas y prevalezca nuestra Dignidad», concluyó la coordinadora.

Este es el primer paso, pero es un paso firme y seguro hacia la regulación. ¡Que se replique por toda la región!

Repercusiones en la Prensa:

Nota publicada en Radio Santa Fé de Bogota – 28/11/2013

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