El día martes 26 de agosto nos hicimos presente en la Comisión de Comunicación de la Cámara de Diputados en donde se avanzó en la firma de un proyecto de ley impulsado por Andrés Larroque (FVP) para prohibir en cualquier medio de comunicación avisos que fomenten la oferta sexual y la trata de personas.
AMMAR tuvo la oportunidad de presentar el descargo pues nuevamente se estaría atentando contra la posibilidad de que nosotras las Trabajadoras Sexuales podamos hacer uso de los medios existentes para ofrecer servicios asociados a nuestra actividad laboral. De lograrse la aprobación de esta propuesta, el Estado argentino estaría empujándonos a una mayor clandestinidad y precarización de la que venimos atravesando.
A raíz de nuestra participación se generó un extenso debate en el cual participaron diputados de diferentes bloques partidarios. Sin embargo y a pesar de existir cuestionamientos internos producto de la reflexión y escucha de las trabajadoras sexuales, procedieron al dictamen de la firma, y ratificaron: Andrés Larroque, Horacio Pietragalla, María Luz Alonso, Marcos Cleri, Anabel Fernández Sagasti, Mayra Mendoza, Eduardo “Wado” de Pedro y Teresa García, secretaria parlamentaria del FPV.
Entre quienes apoyaron la postura de AMMAR y de las trabajadoras trans estaban las diputadas Patricia Giménez (UCR), Alcira Argumedo (Proyecto Sur), Marcela Romero, presidenta ATTTA y secretaria general de la FALGBT, quienes anticiparon que presentarían dictámenes de minoría.
Como representante de AMMAR, tomó la palabra Georgina Orellano quien argumentó: “Esta postura nos deja a las Trabajadoras Sexuales y las compañeras Trans en una enorme desventaja de precarización laboral. ¿Acaso está prohibido el Trabajo Sexual en nuestro país?, esta medida nos pone en una enorme desventaja, nos quita las formas de fomentar el trabajo, se suma a las normas prohibicionistas que vamos llevando dentro de nuestro trabajo. Nos vulnerabiliza como Trabajadoras”.
La ley impulsada por el diputado Larroque en el artículo 2º prohíbe “los avisos, publicaciones, publicidades o cualquier otro tipo de mensajes que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, a través de cualquier medio de comunicación conforme surge de la enumeración establecida en el artículo 3º de la Ley Nº 25.750 y cualquiera sea el soporte o modalidad que utilicen.»
Desde AMMAR, junto con el apoyo de diferentes organizaciones conformamos un posicionamiento en el cual remarcamos que el Proyecto en análisis modifica márgenes de libertad de las personas, atentando contra el derecho personalísimo a la libertad de expresión y de trabajar y ejercer industria lícita (Art. 14 CN) ya que quienes ejercen el trabajo sexual en forma autónoma y libremente no podrán publicitar sus servicios, cercenando así su libre ejercicio de una actividad no prohibida en el país.
Proponemos a los legisladores que en vez de generar medidas prohibicionistas procuren tomar una actitud regulatoria que facilite el control estatal de la circulación de la información de este tipo generando las acciones tendientes a identificar, y controlar la publicación de avisos de oferta sexual pudiendo investigar y detectar los casos que evidencia una situación de explotación sexual o trata de personas.